Sistema Único de Asignaciones Familiares - SUAF
A partir del 1º de noviembre próximo, la totalidad de las empresas quedarán incluidas en el sistema de pago de directo de Asignaciones Familiares, creado en mayo de 2003.
Mediante la Resolución (Anses) 579/07 (BO 25/9/07) se adecuaron las condiciones para que desde el próximo 1º de noviembre todas las empresas queden incluidas en el Sistema único de Asignaciones Familiares (SUAF), determinando así la defunción final del sistema compensador todavía vigente para quienes no hubieran sido notificados específicamente o para quienes hubieran tenido que solicitar reintegros por pago de asignaciones a sus empleados.
En la actualidad los empleadores que permanecen en el Sistema de Fondo Compensador (SFC) continúan pagando ciertas asignaciones familiares incluyéndolas en los recibos de sueldo y luego descargándolas del monto a abonar al sistema previsional a través del aplicativo SIJP que provee la AFIP. Esta compensación la efectúa el mismo aplicativo de modo automático. En el caso de surgir un saldo a favor del empleador, éste debería solicitar el reintegro de la diferencia a su favor en la Anses, procedimiento que lo obliga a pasar al régimen SUAF de acuerdo con lo dispuesto por la Resolución (Anses) 584/06.
De acuerdo a la normativa hoy en vigencia, desde el próximo mes de noviembre todos los empleadores serán incluidos en el SUAF. A su vez, la información relativa a la relación laboral y a las remuneraciones de los empleados se obtendrá de las declaraciones juradas presentadas por los empleadores ante la AFIP mediante el uso del aplicativo SIJP. Dado que la Base de Datos de la Anses cuenta con la información referida, todo parecería ser cuestión de realizar el traspaso al SUAF de manera automática. Es conveniente constatar en MI SIMPLIFICACION que no haya errores en los datos de los empleados y de su entorno familiar (en particular tener en cuenta si aparece un triángulo amarillo que indica datos faltantes, dado que es preciso agregar tales datos y verificar a posteriori que el triángulo desaparezca, porque si no ocurre es preciso también concurrir a la Anses)
La exigencia es que los empleadores, al incorporarse al SUAF, notifiquen las normas del Régimen de Asignaciones Familiares a todos sus trabajadores, (tuvieren o no asignaciones familiares) dentro de los 10 días hábiles de la incorporación al sistema. Y para los nuevos empleados que pudieran incorporarse, también se establece el plazo de 10 días para notificarlos.
Para ello existe un formulario denominado Notificación del Régimen de Asignaciones Familiares (SUAF) que debe confeccionarse por duplicado, anexándose una copia al legajo del trabajador, quien conservará el original.
A partir de la vigencia de las nuevas reglas, presentar ante la Anses lo siguiente:
- Para la asignación familiar por Maternidad, Maternidad Down y Prenatal, (en el supuesto de designación de Apoderado para percibir el importe):
- A) El formulario Novedades Unificadas SUAF debidamente completado.
- B) El formulario solicitando la liquidación de la Asignación Familiar por Maternidad debe ser presentado ante la Anses hasta el día de la finalización de la licencia respectiva, caso contrario se perderá el derecho al cobro.
- C) El formulario solicitando liquidación de la asignación por Maternidad Down dentro de igual plazo al indicado en B).
- Para la Ayuda Escolar Anual:
- Presentar formulario de Solicitud de Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual SUAF, consignando el nivel al que asiste el chico, quien debe contar con número de CUIL para poder accederse al beneficio.
Los trabajadores de las empresas incorporadas al SUAF, tengan o no cargas de familia, deben elegir el medio y lugar de pago para la percepción de sus asignaciones. Esto deben hacerlo ante una oficina de la Anses.
Si la elección es una boca de pago/sucursal de correos los trabajadores deberán presentar nota con carácter de declaración jurada que indique nombre, domicilio, CUIL y los datos del lugar de cobro.
Si el trabajador optara por percibir sus asignaciones a través de una cuenta bancaria propia, o cuenta sueldo, deberá presentar también una nota, con carácter de declaración jurada con nombre y apellido, CUIL, y adjuntar constancia emitida por el banco donde conste CUIL o DNI, apellido y nombre y la CBU del beneficiario.
COMENTARIO
Evidentemente, y dado que la gran mayoría de las empresas aún no está incorporada al sistema SUAF, la adhesión obligada durante el mes de noviembre dará lugar a gran cantidad de dificultades. De hecho, no existe hoy por hoy un criterio homogéneo en las distintas UDAI (como se denomina a las oficinas de atención de la Anses). De hecho, agregamos a continuación una respuesta de la propia Anses ante una consulta formulada:
Cumplimos en informarle que con respecto al plazo estipulado del 01/11/07 al 30/11/07 para incorporar todas las empresas al SUAF , aún no hay un procedimiento definido. De todas maneras, cualquier empresa que solicite reintegros, deberá presentar la totalidad de los reintegros pendientes siendo que por Res 584 quedarán automáticamente incorporadas a SUAF .
Gracias por su consulta. 01/10/2007
(La incorporación ante la solicitud de reintegros está vigente desde al año pasado)
La lógica sería fijar un cronograma para la presentación escalonada de los sujetos obligados. Sobre todo teniendo en cuenta que no solamente deben concurrir los empleadores sino también los empleados a fin de cumplir con todos los requisitos. A esto se suma el intercambio que también es requerido entre empleadores y empleados, todo ello referido a la información a suministrar y recibir para cumplir las disposiciones. En nuestra opinión debería considerarse una modificación en los plazos de manera similar, por ejemplo, a lo que se hizo respecto de la Clave Fiscal, separando en distintos meses a los sujetos obligados según la terminación de su cuit. Probablemente algo así habrá de ocurrir, porque las dificultades prácticas serán muy grandes.
DR. HÉCTOR BLAS TRILLO
Buenos Aires, 5 de octubre de 2007
ESTUDIO
HÉCTOR BLAS TRILLO
economía y tributación
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Ecotributaria (05 de Oct de 2007). "Sistema Único de Asignaciones Familiares - SUAF". [en linea]
Dirección URL: https://www.econlink.com.ar/ecotributaria/sistema-unico-de-asignaciones-familiares-s (Consultado el 13 de Mayo de 2021)