Como se debe interpretar la siguiente condicion para la caducidad de un plan de pagos de afip el siguiente item : la falta de pago de una cuota, a los 60 días corridos contados desde la fecha de vencimiento de la última cuota del plan
26 Abril, 2015 - 17:21
#1caducidad plan de pagos
26 Abril, 2015 - 20:23
#2 Encontraron esto útil
Claudia, por qué decís 60?
Te paso el extracto de la RG 3756, que da la respuesta a tu consulta.
CAPÍTULO F - CADUCIDAD. CAUSAS Y EFECTOS
Art. 11. — La caducidad del plan de facilidades de pago operará de pleno derecho y sin necesidad de que medie intervención alguna por parte de este Organismo cuando se registre:
a) La falta de cancelación de UNA (1) cuota, a los TREINTA (30) días corridos posteriores a la fecha de vencimiento de la misma,
La fecha de vencimiento es el 16 de cada mes. El 26 es el segundo intento de débito, pero no es la fecha de vencimiento que se utiliza para esta cuestión.
Comprendés ahora?
Gabriel Sequino
Contador Público
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