La consulta es pues el cliente, agente de retención Ba As, al pagar la factura retiene el 4% de IIBB. ¿ es correcto que lo haga??. ¿Y en ese %?. El industrial tiene domicilio fiscal y toda su actividad es en prov Santa Fe. No está en Convenio Multilateral
9 Marzo, 2017 - 08:12
#1Ingresos Brutos proveedor es industrial (exento de IIBB)con domicilio fiscal Santa Fe . Cliente agente retención en prov BsAs
9 Marzo, 2017 - 17:10
#2 Encontraron esto útil
Marta, habrá que analizar donde se desarrolló la actividad.
Si tu cliente, por más que tenga domicilio en Santa Fe, la operatoria se realizó en Bs. As., al no estar inscripto en Bs. As., le van a retener el 4% por "No Inscripto".
Antes de poder responderte, tendrías que poder dar mayor información al respecto.
En la Ley de ARBA, la exención para los industriales sólo aplica cuando el establecimiento industrial se encuadra en Buenos Aires. Si tiene actividad en Buenos Aires, pero su establecimiento industrial está fuera de Bs. As., sí corresponde que se inscriba y tribute en dicha jurisdicción.
Saludos.
Gabriel Sequino
Contador Público
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