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marialuzgoyeneche
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Monotributo - Facturacion

Hola! Quería consultar por la facturación del Monotributo. Yo vendo productos que elaboro por Mercado Libre. Algunas veces, la gente me paga por Mercado Pago: si la lògica es la correcta debería hacer una factura por cada compra. Otras veces, me pagan en efectivo pero la compra igual queda registrada en Mercado Libre, por ende, en este caso también tengo que facturar. Y la tercera opción es que me hagan depósito o transferencia bancaria; aquí es donde tengo la duda. La gran mayoría de las veces la gente por Mercado Libre oferta sólo un producto; luego me pide 5 más (6 en total). En ese momento me depositan el importe en la cuenta por los 6 productos. La duda es : debo facturar dos veces el primer producto?? (porque va a estar reflejado en Mercado Libre y también en el banco). O debo facturar sólo lo que me aparece en el banco aclarando que X cantidad de dinero corresponde a la oferta de Mercado Libre??.

Espero alguien me lo pueda responder porque en base a eso tengo que decidir en que categoría anotarme y hasta ahora no hubo un contador que supiera explicármelo.

 

Saludos!!

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estudio contable sergio carbone
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María Luz, las ventas se facturan, independientemente de la forma de cobro elegida por el cliente u ofrecida por el vendedor.

Si vos (a fin de cuentas) vendés 6 productos, tenés que facturar 6 productos.

No confundir esto porque estarías subfacturando productos y aparte, no le estarías entregando a tu cliente, el correspondiente comprobante fiscal por las compras realizadas (seis).

Saludos.

Gabriel Sequino
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marialuzgoyeneche
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Mil gracias! Tenía confusión con eso! Muchos contadores me decían que debía hacer dos facturas: Una para el producto vendido en Mercado Libre y otra por el total depositado. Y ahí era donde facturaba dos veces lo mismo! Y no entendía. Muchísimas gracias!!

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No, ese planteo es errado.

Cualquier duda, tiene mis datos si necesita Asesoramiento Profesonal.

Saludos.

Gabriel Sequino
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barbara.s
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buenas tardes, le paso a contar que por error se ha emitido factuas con Cai vencido. Ya se ha solcitado un nuevo talonario de facturas con un nuevo cai. La solucion que encontre fue recuperar las originales de esas facturas y emitir notas de credito que anulen las facturas emitidas erroneamente con cai vencido Es correcta esta solcucion?? . El tema es que las facturas van a tener fecha de Mayo 2016 .. No se como tratar el tema de la liquidacion de IIBB. ya que en mayo no puedo incluir las facturas nuevas para la liquidacion porq estaria duplicando el impuesto ya que liquide ingresos brutos en el mes que facture la factura con cia vencido. Que hago con el tema de la liquidacion ??? desde ya muchas gracias

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Bárbara, primero hubiera sido bueno en este caso, abrir un nuevo hilo, para que no se superpongan las consultas, ya que ambas son diferentes.

En tu caso, el error inicial fue haber facturado con Facturas ya vencidas.

Al anular las facturas, estarías teniendo que modificar la liquidación de Ingresos Brutos de dicho mes (quedándote el saldo a favor de lo ya pagado, por tener ahora una Base Imponible "cero).

Si las facturas que ahora anulaste, ya las cobraste, es correcto que quede tributado Ingresos Brutos antes, ya que el pago del impuesto (todos) se debe desde la fecha de factura o bien el cobro, el que fuere anterior. En tu caso tributarías por el cobro.

En tu caso, yo dejaría Ingresos Brutos como está y la facturación de Monotributo lo mismo.

La corrección de las facturas es correcto, ya que las mismas no tienen validez estando vencidas, pero a los fines impositivos sería correcto que lo dejes tal cual está.

Saludos.

Gabriel Sequino
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barbara.s
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Buenisimo Gabriel! entonces no realizo las NC dejo tan Ingresos Brutos como las facturas como esta no? .

Muchisimas gracias! la verdad que te felicito por este espacio es realmente util.

Saludos

 

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Así es. No haría falta que hagas las notas de crédito.

Saludos.

Gabriel Sequino
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