Hola, quisiera saber si se puede retener percepciones de IIBB o percepciones de IVA en una factura B o solo se puede retener en una factura A.
muchas gracias.
saludos
10 Junio, 2015 - 18:04
#1Percepciones IIBB
12 Junio, 2015 - 18:25
#2 Encontraron esto útil
Por qué razón apropiarías una Factura B (lógicamente se emite "A Consumidor Final" salvo que tu empresa sea exenta en IVA) como Comprobante Fiscal válido contablemente para tu empresa?
Ojo porque podés estar ante un error bastante importante, ya que los Consumidores Finales no son Agentes de Percepción/Retención y sí lo es la empresa, pero para ello correspondería recibir una Factura A (siempre que sea inscripta en IVA).
Suerte!
Gabriel Sequino
Contador Público
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