Hola. soy abogada, trabajo en CABA y muy poco en pcia de bs. as.
Cada vez que me regulan honorarios me retienen Ingresos Brutos aunque no estoy inscripta.
Me dicen que no aplica convenio multilateral porque en CABA estoy exenta, de modo que tendría que inscribirme en Ingresos Brutos de Pcia de Bs. As. como una jurisdicción sujeta a aportes.
¿Es así o debo inscribirme al convenio multilateral? ¿hay diferencias entre los regímenes de Convenio Multilateral o Ingresos Brutos de Pcia.?
GRACIAS
Tenés que inscribirte en Convenio.
Si necesitás Asesoramiento Profesional, podés contactarte con mi Estudio Contable.
Saludos.
Gabriel Sequino
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Estimada
Es importante destacar que, al ejercer actividades en ambas jurisdicciones, se requiere la inscripción en ingresos brutos bajo el régimen de convenio multilateral (sin importar si se encuentra exenta de tributar el mencionado tributo en CABA). Al respecto, una vez inscripta, se deberán atender las particularidades de atribución de bases imponibles conforme disposiciones del régimen mencionado para, en última cuestión, determinar el tributo correspondiente a cada jurisdicción.
De esta manera, el hecho de que se encuentre exenta en ingresos brutos en CABA implica que, de practicar un alta como contribuyente local en PROVINCIA DE BUENOS AIRES estaría realizando una incorrecta determinación tributaria. Naturalmente el régimen tiene sus particularidades que hace aconsejable derivar el encuadre y liquidación a profesionales que estén en tema.
En mi blog puede encontrar artículos relacionados con el régimen
Dr. Sergio Carbone
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