Recategorización Monotributo

Recategorización Monotributo

El 7 de Mayo vence la recategorización del monotributo. Quienes sean monotributistas y hayan modificado sus parámetros (facturación, consumo de energía, superficie afectada, alquileres devengados), deberán ingresar a la página de la AFIP y recategorizarse.

Este año están vigentes nuevas categorías, el nuevo cuadro de categorías es el siguiente:

Empleados

Cat Ing.Brutos Sup Energía Alquileres Impuesto:Servicios Impuesto:Ventas
B 24.000 30 3.300 $9000 $39 $39
C 36.000 45 5.000 $9000 $75 $75
D 48.000 60 6.700 $18000 $128 $118
E 72.000 85 10.000 $18000 $210 $194
F 96.000 110 13.000 $27.000 $400 $310
G 120.000 150 16.500 $27.000 $550 $405
H 144.000 200 20.000 $36.000 $700 $505
I 200.000 200 20.000 $45.000 $1600 $1240
J 235.000 200 20.000 $45.000 1 - $2000
K 270.000 200 20.000 $45.000 2 - $2350
L 300.000 200 20.000 $45.000 3 - $2700

El monto total a pagar estará integrado por el impuesto, mas la jubilación ($110) y la obra social ($70). Quienes paguen aparte estos conceptos (por ejemplo a un consejo profesional), puede optar por no pagarlo junto con el monotributo.

Para recategorizarse deberá ir a la página de la AFIP e ingresar con su Clave Fiscal, e ir a la opción Monotributo. Luego "Generar Declaración Jurada" y recategorización. En la página de la Declaración Jurada deberá ingresar sus parámetros. Luego de enviar el formulario, aparecerá una nueva credencial con el monto a pagar. Pueden imprimir esta credencial, o bien anotar los datos que les piden cuando vayan a pagar el monotributo: cuit y CUR (el CUR, o Código Único de Revista cambia con la recategorización, el cuit no).

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