8 posts / 0 new
Último envío
Anaanais
Imagen de Anaanais
Desconectado/a
Last seen: hace 15 años 9 meses
Miembro desde: 27 Feb 2009 - 12:56pm
Prestigio: 0
Convenio Multilateral

Quisiera saber, en convenio multilateral como se distribuyen las retenciones, no estoy hablando de SIRCREB. Sino de otras retenciones que se realizan por ese impuesto? Gracias!

Imagen
Conectado
Prestigio: 100
Uriel
Imagen de Uriel
 Encontraron esto útil

[quote=Anaanais]Quisiera saber, en convenio multilateral como se distribuyen las retenciones, no estoy hablando de SIRCREB. Sino de otras retenciones que se realizan por ese impuesto? Gracias![/quote]

Tenes que ver en los comprobantes de retenciones a que jurisdiccion corresponden y en esa se toman.

Uriel
Imagen de Uriel
 Encontraron esto útil

Ana los comprobantes de retenciones suelen decir a la jurisdiccion a que estan afectadas.

lucas1981
Imagen de lucas1981
Desconectado/a
Last seen: hace 12 años 3 meses
Miembro desde: 25 Ago 2008 - 10:51pm
Prestigio: 11
 Encontraron esto útil

Estimada Anaanais:

Para computarte las Retenciones de IIBB del Regimen del SIRCREB tenés que entrar en la página www.sircreb.gov.ar en el módulo contribuyentes e ingresando el CUIT y el período de retención bancaria, la página te informa determinados coeficientes por jurisdicción para distribuir las retenciones entre las jurisdicciones que te informa la página. Todo esto ya calulado y validado con la información de los bancos lo podés obtener en la página de AFIP incorporando el rol correspondiente al Régimen Sircreb.

Cualquier duda te dejo mi mail [email protected]

Saludos

Maria Rosales
Imagen de Maria Rosales
Desconectado/a
Last seen: hace 14 años 8 meses
Miembro desde: 12 Mar 2010 - 10:47am
Prestigio: 0
 Encontraron esto útil

Si yo estoy inscripta en convenio y efectúo una compra en la pcia de bs as, en la que NO estoy inscripta, es correcto que el proveedor (que es, también, contribuyente en Convenio y tiene como jurisdicción pcia de bs as, entre otras) me efectúe percepciones de pcia de bs as?? Muchas gracias

Ezequiel Frandsen
Imagen de Ezequiel Frandsen
Desconectado/a
Last seen: hace 12 años 7 meses
Miembro desde: 12 Jul 2008 - 4:30pm
Prestigio: 19
 Encontraron esto útil

Si, es correcto por el sustento de territorialidad. Si realizas una operación en Pcia de Bs As, corresponde que se apliquen las normas de Pcia de Bs As, que en este caso obligan al Agente de Recaudación a percibir. En realidad correspondería que su empresa agregue la jurisdicción de Buenos Aires al convenio, porque realizas gastos en ella, pero no se justificaría si sólo son esporádicas.
Espero sirva. Saludos!!!

jose luis 456
Imagen de jose luis 456
Desconectado/a
Last seen: hace 13 años 7 meses
Miembro desde: 11 Feb 2011 - 11:40am
Prestigio: 0
 Encontraron esto útil

tengo una consulta sobre el tema, en este caso  yo tengo dos juridicciones y realizo ventas en una de ellas pero la sede principal es otra y ademas realizo todas las compras en ella. El caso es el siguiente, me retienen en donde realizo la venta, pero cuando prorrateo por aplicacion del convenio me queda en una juridiccion un exeso de retenciones y en la otra un saldo a pagar. Que se puede hacer en esta circunstancia?? gracias

lucas1981
Imagen de lucas1981
Desconectado/a
Last seen: hace 12 años 3 meses
Miembro desde: 25 Ago 2008 - 10:51pm
Prestigio: 11
 Encontraron esto útil

Jose Luis 456, si te parece escribime a [email protected] y revisamos el tema. Puede suceder lo que vos planteás agravado por los excesos en los regímenes de retención y percepción pero también hay herramientas para atenuar este efectos tramitando certificados de exclusión de retenciones y percepciones o reducción de alícuotas.

Espero tu contacto.

Saludos. [email protected]

 

Se encuentra usted aquí