[quote=ramon]Mi esposa creo una sociedad dd hecho de sig forma(ella puso elcapital ) su socia el trabajo.
En pocos meses el trabajo no cubre las necesidades .La socia aduciendo una situacion
negativa dejo de cumplir su parte , se le pide la disolucion a lo que esta se niega.
Legalmente donde podemos recurrir iniciar acciones , el negocio sigue en actividad
se debería cerrar hasta lograr un acuerdo. (hay algún aval para este tipo de sociedaes
o recurrir a la fuerza)
disculpen el escrito gracias[/quote]
El art. 22 de la ley de sociedades dispone que "Cualquiera de los socios de sociedad no constituida regularmente puede exigir la disolución. Esta se producirá a la fecha en que el socio notifique fehacientemente tal decisión a todos los consocios salvo que la mayoría de éstos resuelva regularizarla dentro del décimo día y, con cumplimiento de las formalidades correspondientes al tipo, se solicite su inscripción dentro de los sesenta (60) días, computándose ambos plazos desde la última notificación."
Es decir, la única forma que tendrán de salvar a la sociedad es regularizarla. De otra forma, solamente le quedará seguir operando en forma irregular, con una sociedad de hecho, o a nombre propio.
Para tener en cuenta, la sociedad de hecho no es una sociedad regular contemplada en la ley. Es más bien una situación irregular, que la ley intenta desalentar con medidas severas como la que copié arriba, o con reglas como que el contrato de la sociedad no es oponible entre los socios, o bien que los socios responden en forma ilimitada y solidaria por las obligaciones de la sociedad, sin el beneficio de excusion, etc.
Para el próximo emprendimiento, si el tema de la responsabilidad de los socios no es un factor determinante (que en este caso parece no haberlo sido porque eligieron una sociedad de hecho), recomiendo que evalúen constituir una sociedad colectiva. Es más barata de constituir que la SRL, y goza de la misma proteccion de la ley en sus operaciones, tanto entre socios como frente a terceros.
Hola necesitaba asesoramiento para el paso de una SH a SA en cuanto a cuestiones a tener en cuenta, tanto operativas como contables, esta posibilidad se esta manejando hace un tiempo debido a crecimiento y expectativas y quisiera saber que cuestiones puntuales debo atender ya que me encargaron un poco esta tarea. Agradezco sus sugerencias y consejos, espero respuestas. Gracias
Cuando regularices la SH como una SA deberás tener un balance de regularizacion no mayor a 1 mes a la fecha que se toma la decision, inventario resumido de los rubros del balance, y demás documentación formal que requiere la IGJ (si es en Capital). La sociedad sigue siendo la misma así que no se modifica su CUIT, etc. El cambio de nombre deberá ser informado a la AFIP, proveedores, clientes, etc. modifican sus derechos y obligaciones. Una vez inscripta en la IGJ, si corresponde, se pueden librar oficios a los registros de la propiedad para anotar bienes registrables de la sociedad. Si todos los socios están de acuerdo, y se cuenta con la documentación contable, es un trámite relativamente rápido en la IGJ. Quedo a disposicion por cualquier consulta.
Gracias, por tu aporte. Igualmente se deben organizar algunos procedimientos y ordenar un poco los procesos. Hay algun tema ademas de la responsab patrimonial a tener en cuenta para tomar la decision del paso a la S.A.?? Que cuestiones fundamentales hay que tener en cuenta en concepto de organizacion interna de la empresa cuando se tome la desicion?? Cuando se podria decir estoy listo para el cambio??
soy de India y vivo en la capital , Delhi..... es que tengo una amiga que vive en Buenos Aires , Argentina y ya estamos pensando en abrir una agencia de Viajes en Buenos Aires....estamos pensando en hacer sociedad de Hecho ......quiero saber en su Pais, es posible para un extranjero a hacer sociedad de hecho sin viviendo en Argentina.........estamos pensado por 50 y 50 ......les agradeazco mucho, si alguien me puede avisar si es posible y como seran los pasos y el contrato si alguien lo tiene hecho..........mi correo electronico es : [email protected]
No es obligatorio que el contrato de la sociedad de hecho este formalizado por escrito. Tampoco debe realizar ninguna presentacion o inscripcion ante IGJ.
Buenas noches, necesito saber como expongo la parte del socio que se retira en el momento de regularizar una sh. Es un gasto para la SH?gracias por cualquier dato que puedan aportar
[quote=hernanvit78]Buenas quiero saber la difencias de una s.r.l y una s.a y donde se incriben, saludos[/quote]
Desde el punto de vista legal no hay grandes diferencias entre una SA y una SRL. Las mayores diferencias las tenes desde el punto de vista práctico. En este link podés ver una comparación entre ambas sociedades: http://www.portalsocietario.com.ar/preguntas-sa-srl.html
En la ciudad de Buenos Aires, tanto la SA como la SRL se inscriben ante la IGJ. En la provincia de Buenos Aires, se inscriben ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas.
hola qiiero saber como se disuelve una sociedad de hecho y como es la division por ejemplo si entraron en un mes 25000 pesos y yo no vi un peso como se hacen los numeros para disolver
Buenas tardes, estoy formando una S.H. con 2 socios. Es indispensable, para la sociedad, emitir facturas "A"; acá viene mi duda: Uno de los 2 socios debe inscribirse como R.I.? Y además la sociedade debería llevar libros IVA vtas/cpras no rubricados??
Por otro lado, también deben pagar autonomos ambos socios??
En ese caso hay que inscribir a la sociedad en AFIP y Rentas. Esta serà quièn deba facturar y tributarà IVA (AFIP) para lo cual tenga que inscribirse en el impuesto, ademàs de ingresos brutos (Rentas).
Luego ambos socios deberàn inscribirse en autònomos y ganancias y pagaràn el impuesto a las ganancias de la sociedad por la participaciòn de cada uno, màs alguna otra particularidad, en virtud de que las sociedades de hecho no tienen personalidad fiscal segùn la ley del impuesto a las ganancias.
En ese caso hay que inscribir a la sociedad en AFIP y Rentas. Esta serà quièn deba facturar y tributarà IVA (AFIP) para lo cual tenga que inscribirse en el impuesto, ademàs de ingresos brutos (Rentas).
Luego ambos socios deberàn inscribirse en autònomos y ganancias y pagaràn el impuesto a las ganancias de la sociedad por la participaciòn de cada uno, màs alguna otra particularidad, en virtud de que las sociedades de hecho no tienen personalidad fiscal segùn la ley del impuesto a las ganancias.
Hola quisiera consultarles lo siguiente, estoy arrendando un campo... y quiero para desarrollar la actividad en él, formar una SH con otra persona, pero esta última se va a hacer cargo de parte de dicho arriendo. Por lo que iríamos a porcentaje de ingresos y gastos, ahora bien... como debo tomar impositivamente el gasto del arriendo? ya que el contrato está a mi nombre pero el gasto los cubriríamos entre los dos socios?Muchas gracias!
hola mi pregunta sobre la sociedad de hecho es la siguiente, sabiendo que los socio tienen responsavilidad ilimitada, supongamos somos 3 socios, las deudas que generemos ""en nombre de la sociedad"""" respondemos con los bienes de cada uno, pero mi pregunta es : si alguno de esos socios tienen deudas; ajenas a la sociedad , te pueden embargar la soiedad de hecho? atte agradeceria un pronta respuesta.
Somos 2 personas (madre e hija) propietarias de un campo, el cual está arrendado. Me enviaron (a mi sola) un requerimiento a que me inscriba en Ganancias e Iva exento, y que presente DDJJ de Ganancias desde 2008 a la fecha. Qué hago? Me inscribo yo sola y declaro la mitad de las ganancias, o sea mi parte?, o también se tiene que inscribir mi mamá y hacer una sociedad de hecho?
O me inscribo yo sola y hago DDJJ por el total de ingresos?
Otro tema, yo ademas soy empleada en relacion de dependencia, ¿tengo que poner esos ingresos tambien en la DDJJ ?
(Aclaro que la propiedad es de las 2, ya que en la escritura figuramos las 2).
Quisiera saber si dentro de la relaciòn de un concubinato de 9 años, los bienes registrables adquirido por uno de los concubinos se podrìan llegar a reclamar disuelto el concubinato.
Como informaciòn adicional que no se realizo ningun tipo de sociedad al respecto, mas que la del concubinato en si.
Hola! Estoy por abrir una jugueteria y librería con mi hermana. La pregunta es, como me conviene hacerlo para empezar? pensé en formar una sociedad de hecho monotributista. Es lo más conveniente? sino de que manera? gracias
Agradeceria me asesoren en cuanto a los siguientes puntos:
poseo una sociedad de hecho y me gustaria saber como se hace para dividir las ganancias cuando uno de los socios se ausenta por enfermedad, esparcimiento, maternidad, etc. Le corresponde a la empresa absorber los gastos por reemplazar a ese socio o bien debe dicho socio responder por su ausencia.
Si un socio se ausenta y queda a cargo otro le corresponde a este un porcentaje mas alto de las ganancias?
Hola, tengo una consulta, una Sra formo una SH con dos personas mas (con contrato firmado ante escribano), el tema es que las otras dos personas como no tenian dinero para aportar acordaron aportar trab hasta completar su cuota, resulta que una vez iniciada la soc cambiaron de idea y no querian trab por lo tanto, lo que ella realizo fue una cesion de cuotas hacia esas personas tambien firmado ante escribano donde dice que la cedente queda en este acto totalmente desvinculada de la sociedad. Bueno pasaron unos meses e ingreso a su clave fiscal con lo que se dio cuenta que seguia como administrador que esa soc, por lo que fue a AFIP, llevando el contrato de cesion de cuotas y su baja como autonomo para pedir que la saquen como administradora, lo cual AFIP nego ya que dicen que no es valida la cesion de cuotas por ser SH. Mi consulta es la siguiente que debe hacer esta sra esta muy preocupada ya que las otras personas tienen deuda en AFIP porque presentaron DDJJ como empleadores y no las abonaron y no presentaron DDJJ IVA y en AFIP le dijeron que ya le estaban por enviar intimacion de pago. Desde ya les agradesco su ayuda.
La ley te dice claramente que ni la sociedad ni los socios pueden invocar derechos o defensas nacidos del contrato social. En consecuencia, lo que te dijeron en AFIP es correcto. Las únicas opciones que tienen son: a) disolver la sociedad; b) regularizarla como agluno de los tipos previstos por la ley de sociedades, y en el momento de la regularización que se retiren los socios que votan en contra.
Buenas tardes, quería consultar sobre mi caso en particular.
Hace mas de 4 meses comenzamos con mi socia un emprendimiento comercial,(Maxikiosko)para dicho emprendimiento conformamos una sociedad de hecho de palabra, nos inscribimos en la AFIP como tales y pagamos un monotributó propio coda uno, más uno por la sociedad de hecho.
Ahora bien ella ha invertido mas dinero que yo en la sociedad, y además del dinero que yo invertí arreglamos que yo me encargaría del posicionamiento del local en el mercado del lugar.
Debido a que yo resido allí y cuento con muchos contactos he generado que hoy por hoy el local este en muy buena posición dentro de dicho mercado ( Ventas, imagen, proyección a futuro ), como así también he conseguido que se nos otorguen muchas facilidades de pago en la primeras inversiones para la apertura del local, alquiler mas económicos, mas facilidades en las inscripciones en municipalidad, rentas, etc.
Las cosas no han salido como esperábamos y ella ahora quiere hacer un acuerdo para dividir las partes ya que en un principio no se realizo.
Debido a que ella ha puesto más dinero.
Como estimo que porcentaje me correspondería además del dinero que yo he puesto?
O mejor dicho existe forma de ponerle algún valor al trabajo que se realizo para que el negocio este en la posición en la que esta actualmente?
O al no haber ningún acuerdo previo firmado somos los dos socios dueños por iguales partes?
Hola quisiera saber que pasa con la S.H. cuando uno de sus socios muere, se disuelve automáticamente o esta puede perdurar con el resto de los socios?? o en otra circunstancia podrían continuar sus herederos...?? Analia
Anónimo, cuando alguno de los socios de una SH muere, esta debe liquidarse, y de ser interés de los socios que quedan, deberán crear una nueva (nuevo n° de CUIT), o bien cada uno con lo recibido disponer libremente.
El porcentaje que le correspondía al socio fallecido, deberá quedar en la sucesión, o se resolverá como convengan las partes (eso manejalo con un abogado más que nada).
Sociedad de Hecho!!! y la remites al contrato jajaja....pero "acciones" ya es muy poco serio, y vender las acciones jajajajaja jajajajajajajajajjajajajaj Por qué no consultan todos con un abogado.
Estimados quiero saber como disolver un contrato de SH en la cual pusimos al inicio el 50% del capital cada uno y a la semana de abrir el local, mi socia se mando a mudar y nunca puso un peso ni para el alquiler, ni para nada, ni vino a trabajar. Se factura a nombre mio como monotributista, no realizamos la inscripcion en AFIP ni en ARBA, el local lo trabajo yo solo. Como lo saco de la sociedad, disuelvo la sociedad, o algo para que no me moleste en un futuro ?
Audiomd, la SH tiene un contrato sellado? si es así, lo unico que tenés que hacer es hacer una disolución por no haberse podido iniciar la actividad, y sellarlo para que quede constancia de que la misma no existe más, y que la SH no tuvo ninguna operación comercial que a futuro pueda llega a molestarte (siempre que haya sido así).
Hola queria consultar, en una sociedad de hecho o libres actualmente, se quiere constituir con un capital de $400.000 dividido en partes iguales entre dos socios, pero seria ficticio, lo que pasa es que uno de los socios tiene la titularidad de un camion que ese seria el importe pero en realidad es de los dos socios y todavia no pueden hacer transferencia por tema plata, uds. que aconsejan?no cuestionaran de donde salio los 200.000 de c/u para hacer el aporte??o como harian, espero su respuesta cuanto antes, gracias
Claudia, si necesitás un ASesoramiento Profesional para analizar la situación en detalle, podés contactarte con mi Estudio Contable.
Si sos una Profesional y estás necesitando asesorar a tus clientes, creo que deberías revisar por tus medios la justificación patrimonial que puedan tener cada uno de los socios por dicho Camión, como así también si la figura legal que más los beneficie sería la Simple Asociación o bien una Sociedad Comercial regular (u otra estructura jurídica que a tu juicio notes).
[quote=ramon]Mi esposa creo una sociedad dd hecho de sig forma(ella puso elcapital ) su socia el trabajo.
En pocos meses el trabajo no cubre las necesidades .La socia aduciendo una situacion
negativa dejo de cumplir su parte , se le pide la disolucion a lo que esta se niega.
Legalmente donde podemos recurrir iniciar acciones , el negocio sigue en actividad
se debería cerrar hasta lograr un acuerdo. (hay algún aval para este tipo de sociedaes
o recurrir a la fuerza)
disculpen el escrito gracias[/quote]
El art. 22 de la ley de sociedades dispone que "Cualquiera de los socios de sociedad no constituida regularmente puede exigir la disolución. Esta se producirá a la fecha en que el socio notifique fehacientemente tal decisión a todos los consocios salvo que la mayoría de éstos resuelva regularizarla dentro del décimo día y, con cumplimiento de las formalidades correspondientes al tipo, se solicite su inscripción dentro de los sesenta (60) días, computándose ambos plazos desde la última notificación."
Es decir, la única forma que tendrán de salvar a la sociedad es regularizarla. De otra forma, solamente le quedará seguir operando en forma irregular, con una sociedad de hecho, o a nombre propio.
Para tener en cuenta, la sociedad de hecho no es una sociedad regular contemplada en la ley. Es más bien una situación irregular, que la ley intenta desalentar con medidas severas como la que copié arriba, o con reglas como que el contrato de la sociedad no es oponible entre los socios, o bien que los socios responden en forma ilimitada y solidaria por las obligaciones de la sociedad, sin el beneficio de excusion, etc.
Para el próximo emprendimiento, si el tema de la responsabilidad de los socios no es un factor determinante (que en este caso parece no haberlo sido porque eligieron una sociedad de hecho), recomiendo que evalúen constituir una sociedad colectiva. Es más barata de constituir que la SRL, y goza de la misma proteccion de la ley en sus operaciones, tanto entre socios como frente a terceros.
Hola necesitaba asesoramiento para el paso de una SH a SA en cuanto a cuestiones a tener en cuenta, tanto operativas como contables, esta posibilidad se esta manejando hace un tiempo debido a crecimiento y expectativas y quisiera saber que cuestiones puntuales debo atender ya que me encargaron un poco esta tarea. Agradezco sus sugerencias y consejos, espero respuestas. Gracias
Que es exactamente lo que necesitas averiguar?
Cuando regularices la SH como una SA deberás tener un balance de regularizacion no mayor a 1 mes a la fecha que se toma la decision, inventario resumido de los rubros del balance, y demás documentación formal que requiere la IGJ (si es en Capital). La sociedad sigue siendo la misma así que no se modifica su CUIT, etc. El cambio de nombre deberá ser informado a la AFIP, proveedores, clientes, etc. modifican sus derechos y obligaciones.
Una vez inscripta en la IGJ, si corresponde, se pueden librar oficios a los registros de la propiedad para anotar bienes registrables de la sociedad.
Si todos los socios están de acuerdo, y se cuenta con la documentación contable, es un trámite relativamente rápido en la IGJ.
Quedo a disposicion por cualquier consulta.
www.portalsocietario.com.ar
Gracias, por tu aporte. Igualmente se deben organizar algunos procedimientos y ordenar un poco los procesos. Hay algun tema ademas de la responsab patrimonial a tener en cuenta para tomar la decision del paso a la S.A.?? Que cuestiones fundamentales hay que tener en cuenta en concepto de organizacion interna de la empresa cuando se tome la desicion?? Cuando se podria decir estoy listo para el cambio??
soy de India y vivo en la capital , Delhi..... es que tengo una amiga que vive en Buenos Aires , Argentina y ya estamos pensando en abrir una agencia de Viajes en Buenos Aires....estamos pensando en hacer sociedad de Hecho ......quiero saber en su Pais, es posible para un extranjero a hacer sociedad de hecho sin viviendo en Argentina.........estamos pensado por 50 y 50 ......les agradeazco mucho, si alguien me puede avisar si es posible y como seran los pasos y el contrato si alguien lo tiene hecho..........mi correo electronico es : [email protected]
muchas gracias para su Ayuda.....
Hola, quisiera saber, si una Sociedad de Hecho debe presentar algun tipo de documentacion en IGJ. Debe confeccionar contrato social? Gracias
No es obligatorio que el contrato de la sociedad de hecho este formalizado por escrito. Tampoco debe realizar ninguna presentacion o inscripcion ante IGJ.
www.portalsocietario.com.ar
Para colicitar la CUIT de una sociedad de hecho debo presentar el form.460/J? Gracias
Buenas noches, necesito saber como expongo la parte del socio que se retira en el momento de regularizar una sh. Es un gasto para la SH?gracias por cualquier dato que puedan aportar
Buenas quiero saber la difencias de una s.r.l y una s.a y donde se incriben, saludos
[quote=hernanvit78]Buenas quiero saber la difencias de una s.r.l y una s.a y donde se incriben, saludos[/quote]
Desde el punto de vista legal no hay grandes diferencias entre una SA y una SRL. Las mayores diferencias las tenes desde el punto de vista práctico. En este link podés ver una comparación entre ambas sociedades: http://www.portalsocietario.com.ar/preguntas-sa-srl.html
En la ciudad de Buenos Aires, tanto la SA como la SRL se inscriben ante la IGJ. En la provincia de Buenos Aires, se inscriben ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas.
Saludos,
Martin Fandiño
www.portalsocietario.com.ar
[email protected]
hola qiiero saber como se disuelve una sociedad de hecho y como es la division por ejemplo si entraron en un mes 25000 pesos y yo no vi un peso como se hacen los numeros para disolver
Buenas tardes, estoy formando una S.H. con 2 socios. Es indispensable, para la sociedad, emitir facturas "A"; acá viene mi duda: Uno de los 2 socios debe inscribirse como R.I.? Y además la sociedade debería llevar libros IVA vtas/cpras no rubricados??
Por otro lado, también deben pagar autonomos ambos socios??
Les agradecería si me aclaran estas dudas.
muchas gracias
Nando:
En ese caso hay que inscribir a la sociedad en AFIP y Rentas. Esta serà quièn deba facturar y tributarà IVA (AFIP) para lo cual tenga que inscribirse en el impuesto, ademàs de ingresos brutos (Rentas).
Luego ambos socios deberàn inscribirse en autònomos y ganancias y pagaràn el impuesto a las ganancias de la sociedad por la participaciòn de cada uno, màs alguna otra particularidad, en virtud de que las sociedades de hecho no tienen personalidad fiscal segùn la ley del impuesto a las ganancias.
Cualquier duda te dejo mi mail: [email protected]
Atte. Lucas
[quote=lucas1981]
Nando:
En ese caso hay que inscribir a la sociedad en AFIP y Rentas. Esta serà quièn deba facturar y tributarà IVA (AFIP) para lo cual tenga que inscribirse en el impuesto, ademàs de ingresos brutos (Rentas).
Luego ambos socios deberàn inscribirse en autònomos y ganancias y pagaràn el impuesto a las ganancias de la sociedad por la participaciòn de cada uno, màs alguna otra particularidad, en virtud de que las sociedades de hecho no tienen personalidad fiscal segùn la ley del impuesto a las ganancias.
Cualquier duda te dejo mi mail: [email protected]
Atte. Lucas
[/quote]
Corrijo mi mail: [email protected]
Quiero formar una sociedad de hecho y necesito saber si debo ser monotributista para hacerlo. Ademas de saber que documentacion debo presentar.
sALUDOS!
Hola quisiera consultarles lo siguiente, estoy arrendando un campo... y quiero para desarrollar la actividad en él, formar una SH con otra persona, pero esta última se va a hacer cargo de parte de dicho arriendo. Por lo que iríamos a porcentaje de ingresos y gastos, ahora bien... como debo tomar impositivamente el gasto del arriendo? ya que el contrato está a mi nombre pero el gasto los cubriríamos entre los dos socios?Muchas gracias!
hola mi pregunta sobre la sociedad de hecho es la siguiente, sabiendo que los socio tienen responsavilidad ilimitada, supongamos somos 3 socios, las deudas que generemos ""en nombre de la sociedad"""" respondemos con los bienes de cada uno, pero mi pregunta es : si alguno de esos socios tienen deudas; ajenas a la sociedad , te pueden embargar la soiedad de hecho? atte agradeceria un pronta respuesta.
sandra rivas
[email protected]
Somos 2 personas (madre e hija) propietarias de un campo, el cual está arrendado. Me enviaron (a mi sola) un requerimiento a que me inscriba en Ganancias e Iva exento, y que presente DDJJ de Ganancias desde 2008 a la fecha. Qué hago? Me inscribo yo sola y declaro la mitad de las ganancias, o sea mi parte?, o también se tiene que inscribir mi mamá y hacer una sociedad de hecho?
O me inscribo yo sola y hago DDJJ por el total de ingresos?
Otro tema, yo ademas soy empleada en relacion de dependencia, ¿tengo que poner esos ingresos tambien en la DDJJ ?
(Aclaro que la propiedad es de las 2, ya que en la escritura figuramos las 2).
Quisiera saber si dentro de la relaciòn de un concubinato de 9 años, los bienes registrables adquirido por uno de los concubinos se podrìan llegar a reclamar disuelto el concubinato.
Como informaciòn adicional que no se realizo ningun tipo de sociedad al respecto, mas que la del concubinato en si.
Hola! Estoy por abrir una jugueteria y librería con mi hermana. La pregunta es, como me conviene hacerlo para empezar? pensé en formar una sociedad de hecho monotributista. Es lo más conveniente? sino de que manera? gracias
Me parece que te va a salir caro impositivamente la SH monotributista.
Seguramente te sea mas económico en el régimen general.
Cualquier cosa te dejo mi correo y la seguimos. [email protected]
Saludos.
Agradeceria me asesoren en cuanto a los siguientes puntos:
poseo una sociedad de hecho y me gustaria saber como se hace para dividir las ganancias cuando uno de los socios se ausenta por enfermedad, esparcimiento, maternidad, etc. Le corresponde a la empresa absorber los gastos por reemplazar a ese socio o bien debe dicho socio responder por su ausencia.
Si un socio se ausenta y queda a cargo otro le corresponde a este un porcentaje mas alto de las ganancias?
Muchas gracias!!!!
Hola, tengo una consulta, una Sra formo una SH con dos personas mas (con contrato firmado ante escribano), el tema es que las otras dos personas como no tenian dinero para aportar acordaron aportar trab hasta completar su cuota, resulta que una vez iniciada la soc cambiaron de idea y no querian trab por lo tanto, lo que ella realizo fue una cesion de cuotas hacia esas personas tambien firmado ante escribano donde dice que la cedente queda en este acto totalmente desvinculada de la sociedad. Bueno pasaron unos meses e ingreso a su clave fiscal con lo que se dio cuenta que seguia como administrador que esa soc, por lo que fue a AFIP, llevando el contrato de cesion de cuotas y su baja como autonomo para pedir que la saquen como administradora, lo cual AFIP nego ya que dicen que no es valida la cesion de cuotas por ser SH. Mi consulta es la siguiente que debe hacer esta sra esta muy preocupada ya que las otras personas tienen deuda en AFIP porque presentaron DDJJ como empleadores y no las abonaron y no presentaron DDJJ IVA y en AFIP le dijeron que ya le estaban por enviar intimacion de pago. Desde ya les agradesco su ayuda.
La ley te dice claramente que ni la sociedad ni los socios pueden invocar derechos o defensas nacidos del contrato social. En consecuencia, lo que te dijeron en AFIP es correcto. Las únicas opciones que tienen son: a) disolver la sociedad; b) regularizarla como agluno de los tipos previstos por la ley de sociedades, y en el momento de la regularización que se retiren los socios que votan en contra.
www.portalsocietario.com.ar
Buenas tardes, quería consultar sobre mi caso en particular.
Hace mas de 4 meses comenzamos con mi socia un emprendimiento comercial,(Maxikiosko)para dicho emprendimiento conformamos una sociedad de hecho de palabra, nos inscribimos en la AFIP como tales y pagamos un monotributó propio coda uno, más uno por la sociedad de hecho.
Ahora bien ella ha invertido mas dinero que yo en la sociedad, y además del dinero que yo invertí arreglamos que yo me encargaría del posicionamiento del local en el mercado del lugar.
Debido a que yo resido allí y cuento con muchos contactos he generado que hoy por hoy el local este en muy buena posición dentro de dicho mercado ( Ventas, imagen, proyección a futuro ), como así también he conseguido que se nos otorguen muchas facilidades de pago en la primeras inversiones para la apertura del local, alquiler mas económicos, mas facilidades en las inscripciones en municipalidad, rentas, etc.
Las cosas no han salido como esperábamos y ella ahora quiere hacer un acuerdo para dividir las partes ya que en un principio no se realizo.
Debido a que ella ha puesto más dinero.
Como estimo que porcentaje me correspondería además del dinero que yo he puesto?
O mejor dicho existe forma de ponerle algún valor al trabajo que se realizo para que el negocio este en la posición en la que esta actualmente?
O al no haber ningún acuerdo previo firmado somos los dos socios dueños por iguales partes?
Muchas gracias.
Una pregunta de vital importancia,¡¿¿¿¿LAS SOCIEDADES DE HECHO REQUIEREN DE RESERVA LEGAL????
La S.H. no está regida por la Ley de Sociedades Comerciales por lo cual nadie le exige que la constituya.
Un saludo.
Gabriel Sequino
Contador Público
Tel. (54 11) 15-4196-4256
[email protected]
http://www.estudiocontablegs.com.ar
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Hola quisiera saber que pasa con la S.H. cuando uno de sus socios muere, se disuelve automáticamente o esta puede perdurar con el resto de los socios?? o en otra circunstancia podrían continuar sus herederos...?? Analia
Anónimo, cuando alguno de los socios de una SH muere, esta debe liquidarse, y de ser interés de los socios que quedan, deberán crear una nueva (nuevo n° de CUIT), o bien cada uno con lo recibido disponer libremente.
El porcentaje que le correspondía al socio fallecido, deberá quedar en la sucesión, o se resolverá como convengan las partes (eso manejalo con un abogado más que nada).
Un saludo.
------------------------------
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[email protected]
http://www.estudiocontablegs.com.ar
Sociedad de Hecho!!! y la remites al contrato jajaja....pero "acciones" ya es muy poco serio, y vender las acciones jajajajaja jajajajajajajajajjajajajaj Por qué no consultan todos con un abogado.
Estimados quiero saber como disolver un contrato de SH en la cual pusimos al inicio el 50% del capital cada uno y a la semana de abrir el local, mi socia se mando a mudar y nunca puso un peso ni para el alquiler, ni para nada, ni vino a trabajar. Se factura a nombre mio como monotributista, no realizamos la inscripcion en AFIP ni en ARBA, el local lo trabajo yo solo. Como lo saco de la sociedad, disuelvo la sociedad, o algo para que no me moleste en un futuro ?
Audiomd, la SH tiene un contrato sellado? si es así, lo unico que tenés que hacer es hacer una disolución por no haberse podido iniciar la actividad, y sellarlo para que quede constancia de que la misma no existe más, y que la SH no tuvo ninguna operación comercial que a futuro pueda llega a molestarte (siempre que haya sido así).
cualquier otra duda, avisame.
Gabriel Sequino
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Hola queria consultar, en una sociedad de hecho o libres actualmente, se quiere constituir con un capital de $400.000 dividido en partes iguales entre dos socios, pero seria ficticio, lo que pasa es que uno de los socios tiene la titularidad de un camion que ese seria el importe pero en realidad es de los dos socios y todavia no pueden hacer transferencia por tema plata, uds. que aconsejan?no cuestionaran de donde salio los 200.000 de c/u para hacer el aporte??o como harian, espero su respuesta cuanto antes, gracias
Claudia, si necesitás un ASesoramiento Profesional para analizar la situación en detalle, podés contactarte con mi Estudio Contable.
Si sos una Profesional y estás necesitando asesorar a tus clientes, creo que deberías revisar por tus medios la justificación patrimonial que puedan tener cada uno de los socios por dicho Camión, como así también si la figura legal que más los beneficie sería la Simple Asociación o bien una Sociedad Comercial regular (u otra estructura jurídica que a tu juicio notes).
Cualquier duda, a tu disposición.
Saludos.
Gabriel Sequino
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