Buenas noches..
quiero contarles mi situacion, SOy medica con domicilio en CABA y desarrollo actividades en Pcia. MI antiguo contador tributaba IIBB por art 2 regimen general, pero por lo que estuve leyendo entraria por art 10 regimen especial. Les cuento que estoy inscripta hace mas de 3 años... Tendria que seguir pagando por art 2 o modificarlo al regimen especial de profesiones liberales??? Muchas gracias!!