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GermánY
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CONVENIO MULTILATERAL CABA-PBA

Estimados, les queria consultar acerca de IIBB, soy profesional con domicilio fiscal en CABA y realizo la mayoria de mis trabajos en Provincia. Queria saber si tenia que inscribirme en convenio multilateral y como se hace.

Saludos cordiales

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Estudio Contable GS
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Germán, el Régimen de Convenio Multilateral, indica que si tenés oficina en una jurisdicción y prestás servicio en otras, estás obligado a tributar bajo las normas de Convenio Multilateral.

Si necesitás asesoramiento al respecto, podés contactarme.

Saludos.

Gabriel Sequino
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Gabriel Sequino
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barbara.s
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Buen dia German  ,

Un monotributista que es Locutor Nacional y Animador de eventos se inscribió de manera errónea en Arba cuando en realidad tributaba tanto en provincia como en Capital. Lo que hice fue realizar presentaciones en cero y dar de baja Arba. Ahora quiero realizar las presentaciones de manera correcta ya que el contribuyente esta inscripto en convenio multilateral pero mi duda es:

 A-  El talonario de factura que venia usando para factura lo puede seguir utilizando??

 

B- No encuentro una actividad en cual encuadrarlo pero se me ocurre que la mas adecuada es 921999 Otros servicios de espectáculos artísticos y de diversión n.c.p. Es la correcta?? existe otra que lo encuadre mejor??

C- si realiza Animaciones a capital por mas que el cliente que contrato el servicio  tenga domicilio en Provincia le corresponde facturar en capital no?? ya que lo que se toma en cuenta para liquidar es donde se realizo el hecho imponible independientemente del domicilio del cliente  o se toma en cuenta  la juridiccion de donde provienen el ingreso?? ya que  si la prestacion del servicio se realiza en provincia pero si a quien le debe facturar tiene domicilio en capital se debe tributar en capital por que el contribuyente puede tener retenciones de Caba ya que el cliente que contrata el servicio tiene domicilio en CABA. No se que tomar para tributar. el domicilio de donde provienen los ingresos o el domicilio de donde se genera el hecho imponible???
 

Muchísimas gracias 

Saludos

 

Estudio Contable GS
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De Econlink.com.ar:

Bárbara, buenas tardes.

El talonario de facturas lo debería modificar, ya que el número de inscripción de ingresos brutos se modificó.

Sobre la actividad, no estaría mal.

Si la prestación del servicio es en CABA, por más qu el cliente tenga domicilio en Bs. As., lo que prima es la prestación del servicio por sobre el domicilio del cliente.

Saludos.

Gabriel Sequino
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