Buenos días:
Me encuentro con una duda con respecto al Sinceramiento. En el caso de patrimonio en el exterior no declarado pero por el cual se han pagado impuestos en el país donde se encuentran los fondos (por haber residido años en él), es necesario pagar multa por esos fondos también o se puede informar y empezar a pagar Bienes Personales a partir de 2017 sin multa de Sinceramiento?
Espero se entienda el escenario. Muchas gracias.
Javier
11 Diciembre, 2016 - 12:36
#1Sinceramiento vs doble imposicion
13 Diciembre, 2016 - 12:20
#2 Encontraron esto útil
Desde que tengas residencia en Argentina, tenés que tributar Bienes Personales por los bienes que superen (en conjunto) los $305.000 (hasta 2015, porque en 2016 pasa a ser de $800.000).
Si tenés como justificar los fondos y sólo omitiste la presentación y pago de Bienes Personales de dichos años, podrías regularizar la situación por el régimen general, sin adherir al blanqueo.
Pero si sólo presentás desde 2017 en adelante, lo anterior no estaría regularizado y el día de mañana, según los plazos de prescripción te los pueden reclamar.
Saludos.
Gabriel Sequino
Contador Público
Tel. (54 11) 15-4196-4256
[email protected]
http://www.estudiocontablegs.com.ar