El RI que vende o presta servicios a Monotributistas, Exentos y Consumidores Finales lo hace mediante una Fc tipo B.
La pregunta es: ese iva que el RI incluyó en las FC B , debe pagarlo?
Y en su ddjj como lo refleja ( colocando el importe que contiene iva en la columna de operaciones no gravadas y exentas?
Gracias